Al menos el 5% de los taxis de Barcelona deberán adaptarse para personas con discapacidad

El Periódico.- Una juez ha ordenado al Instituto Metropolitano del Taxi (IMET) del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) cumplir con la ley que obliga a que un 5% de la flota de taxis sean vehículos adaptados para personas con discapacidad. En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 11 de Barcelona ha estimado la demanda interpuesta por la Oficina de Vida Independiente (OVI) y obliga al IMET a planificar en un plazo de dos meses las medidas a llevar a cabo para que, en seis meses desde la firmeza de esta resolución, que puede recurrirse, se cumpla con este porcentaje.

El Real Decreto 1544/2007, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad, establece que los ayuntamientos promoverán que al menos un 5% de las licencias de taxis correspondan a vehículos adaptados. En la normativa aprobada hace 12 años, ya se contempla que si este porcentaje no se cubre voluntariamente por los taxistas, los ayuntamientos tienen que exigir a las últimas licencias que se concedan que su taxi sea accesible.

La sentencia constata que el AMB, que ostenta la competencia para la regulación del servicio de taxi en la metrópolis de Barcelona, no ha llevado a cabo medidas para cumplir con este porcentaje. La resolución señala que, a 19 de noviembre de 2021, el porcentaje de taxis adaptados es de solo el 2,22% del total de licencias del AMB.

Asimismo, reprocha al AMB que tampoco haya explorado soluciones alternativas, «como en otros municipios como Mataró, Lleida o Tarragona, en los que, sin llegar a exigir, se han desplegado otras iniciativas y actividad de fomento, con el fin de evitar el rigor del verbo empleado como cláusula de cierre», resalta.

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