El alumno de los Maristas fue acosado desde los 5 años, le ataban a una portería y le daban balonazos

Fehca: 20/09/2017
Fuente: Diario de León

Desde tercero de Infantil, un pequeño del colegio Maristas de León ha sufrido acoso continuado por parte de sus compañeros, aunque «desde el centro no se adoptaron las medidas que impidieran que la situación perdurara en el tiempo», como figura en la extensa y dura resolución dictada por el Procurador del Común, a quien los padres del pequeño acudieron. En el texto, se hace hincapié en el hecho de que un colegio sea concertado «no exime a la Administración educativa de intervenir y dar solución a los conflictos de convivencia» y se indica que «según el relato de la queja, cabe resaltar que la dirección del centro habría sugerido a los padres el cambio de centro escolar y que éstos se dirigieron a la Inspección educativa, desde la que, según manifestaciones del autor de la queja, se les indicó que correspondía al centro concertado adoptar las medidas oportunas, sin que la Administración pudiera vulnerar la autonomía del mismo en lo que respecta a la cuestión planteada». Todo ello, a pesar de que tras cuatro años de denuncias la situación en el centro, según la resolución, «nada nos conste que de ella hubiera tenido conocimiento la Inspección Educativa hasta el mes de marzo de 2017»

El acoso a este niño, en el que en la resolución se le da el nombre ficticio de Antonio y que sufre «la vil situación del acoso escolar» desde que tenía 5 años, refleja episodios tan graves y duros como que sus compañeros le aten a una portería del patio y le den balonazos, le peguen, le acosen psicológicamente e, incluso, los familiares de los niños agresores le increpen en la fila para acceder a su clase.

Responsabilidad patrimonial

En una extensa resolución, en la que se explica la dura situación que ha padecido el pequeño hasta el curso pasado, ya en Primaria, se indica que a pesar de las quejas planteadas por los padres al centro y las reuniones mantenidas entre ambas partes, el inspector de Educación tan sólo tuvo conocimiento de los hechos hasta que en el curso pasado se abrió un expediente sancionador a dos de los alumnos agresores.

«Los centros concertados, como cualquier otro centro educativo a través del que se oferta el servicio educativo, no son una suerte de recintos en los que la Administración debe inhibirse de los supuestos de acoso escolar», señala el Procurador del Común tras matizar que es la Consejería de Educación «la garante» de una convivencia adecuada y «la autonomía de los centros no debe excluir la ingerencia de las potestades administrativas» para velar por la convivencia.

Otro matiz que añade el Procurador del Común en su resolución es que, en el caso de que se dé entrada a un procedimiento de responsabilidad patrimonial por parte de la Administración educativa también podría llegar «la debida indemnización por los efectos lesivos causados y los perjuicios económicos».

«Educación no debería haber descuidado la potestad sancionadora de hechos ciertamente graves, y, en tanto que el inspector de Educación habría de estar informado de la tramitación de los procedimientos sancionadores, la Administración educativa habría de haber advertido las irregularidades surgidas en la tramitación de dichos procedimientos y posicionarse al respecto en el marco de un presunto supuesto de acoso escolar», señala la resolución, en la que se indica que el cambio de centro del menor no es la solución y que se deberían haber abierto más expedientes sancionadores tras el cierre de los primeros.

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