Condenados dos menores por abusar de una compañera en el interior del aula en ausencia del profesor
Diario de Navarra.- La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado las penas impuestas a dos menores de 15 años que abusaron sexualmente de una compañera de clase cuando estaban en el interior del aula y en ausencia de un profesor.
Días después, según recoge la sentencia consultada por Europa Press, uno de los dos la abordó cuando se encontraba en las inmediaciones del centro escolar y la amenazó de muerte por «haberse chivado».
El tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra el fallo dictado por el Juzgado de Menores, si bien estima la impugnación de la acusación
particular para incrementar la indemnización por daños morales que deben abonar a la víctima, de forma conjunta y solidaria, la Junta de Andalucía y los padres, que eleva de 3.000 a 6.000 euros.
Indica que la «credibilidad» de la adolescente al narrar el abuso del que fue objeto, de «forma idéntica, sin contradicciones, ni fisuras» está «corroborada» por el informe forense, tanto médico como psicológico, y rechaza la versión exculpatoria de los menores, que «niegan los tocamientos y amenazas» y achacan a «una decisión voluntaria de ella» el que se «les sentara encima».
La sentencia alude a la presencia de otro alumno en el aula, testigo presencia, que manifestó que la «acorralaron y la tocaron, llegando a decir que pararan porque ella lo estaba pasando mal, pero que no le hicieron caso», y también a la declaración del
La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado las penas impuestas a dos menores de 15 años que abusaron sexualmente de una compañera de clase cuando estaban en el interior del aula y en ausencia de un profesor.
Días después, según recoge la sentencia consultada por Europa Press, uno de los dos la abordó cuando se encontraba en las inmediaciones del centro escolar y la amenazó de muerte por «haberse chivado».
El tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra el fallo dictado por el Juzgado de Menores, si bien estima la impugnación de la acusación
particular para incrementar la indemnización por daños morales que deben abonar a la víctima, de forma conjunta y solidaria, la Junta de Andalucía y los padres, que eleva de 3.000 a 6.000 euros.
Indica que la «credibilidad» de la adolescente al narrar el abuso del que fue objeto, de «forma idéntica, sin contradicciones, ni fisuras» está «corroborada» por el informe forense, tanto médico como psicológico, y rechaza la versión exculpatoria de los menores, que «niegan los tocamientos y amenazas» y achacan a «una decisión voluntaria de ella» el que se «les sentara encima».
La sentencia alude a la presencia de otro alumno en el aula, testigo presencia, que manifestó que la «acorralaron y la tocaron, llegando a decir que pararan porque ella lo estaba pasando mal, pero que no le hicieron caso», y también a la declaración del
director del centro, que reconoció que los alumnos «estaban sin profesor en el aula y que se llegó a expedientar a los condenados».
El tribunal estima que hay que duplicar la cuantía indemnizatoria ya que considera, de acuerdo al informe médico, que ha quedado acreditada que hay persistencia en el trastorno psicológico postraumático que padece la menor y que hay que sumar, por tanto, la cantidad por daños morales.
Según se recoge en los hechos probados, los dos menores condenados «acorralaron» en el aula a su compañera «contra unas mesas «poniéndolas en círculo» y «en medio su mochila para que tuviera que cogerla» en ausiencia del profesor, que no fue a clase.
Remarca que, «aprovechando esa situación», la sometieron a tocamientos, «la sentaron encima de ellos y se la pasaron de uno a otro, con gestos sexuales y restregando los genitales por encima de la ropa».
Añade que, días después, uno de ellos, la abordó en las inmediaciones del centro escolar y, con «ánimo de atemorizarla», le profirió expresiones como: «te has chivado», «la has cagado», «estás muerta».
La Audiencia Provincial confirma para él la pena de libertad vigilada durante 24 meses con tratamiento psicológico para la prevención de actitudes sexistas y comportamientos violentos, y la medida de prohibición de comunicación o aproximación a la víctima a menos de 50 metros por un plazo de 24 meses.
Para el otro menor, ratifica la condena a 18 meses de libertad vigilada con tratamiento psicológico para la prevención de actitudes sexistas y comportamientos violentos.