El TSJ de Murcia suspende cautelarmente el veto parental en los colegios

El País.- El tribunal considera que mantenerlo podría perjudicar a los alumnos si finalmente se dicta sentencia en contra de la medida

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha ordenado suspender cautelarmente la aplicación del veto parental para actividades complementarias que desde el comienzo de este curso se está llevando a cabo en todos los centros educativos de la comunidad autónoma. La Sala de lo Contencioso accede así a la petición que formuló el Ministerio de Educación, que el pasado 18 de febrero decidió recurrir a la justicia para pedir que se revocaran las instrucciones emitidas en agosto por la Consejería de Educación murciana. Estas obligaban a los centros a pedir la autorización de las familias para que los menores asistieran a charlas y actividades complementarias impartidas por profesionales ajenos al centro en el horario escolar.

La sala ha emitido un auto, contra el que se puede presentar recurso, en el que acuerda suspender de manera cautelar y mientras dura el proceso judicial esas instrucciones solo en los aspectos referentes al veto. El alto tribunal indica en el auto que con esta medida no está posicionándose sobre el fondo del recurso del Ministerio, que “tendrá su oportuna respuesta en sentencia”, sino que se limita a seguir la doctrina y jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo. Así, recuerda que el artículo 130 de la Ley de Jurisdicción Contenciosa-administrativa establece que las medidas cautelares pueden aplicarse antes de valorar los intereses en conflicto en caso de que, si no se establece esa medida cautelar, el recurso pudiera perder su finalidad y quedarse vacío de contenido. En el caso del veto parental, las instrucciones dictadas por la Consejería de Educación murciana tienen vigencia solo durante este curso escolar, que termina en junio, previsiblemente antes de que el TSJ pueda dictar una sentencia al respecto, por lo que, si finalmente se resolviera en contra de las autorizaciones una vez acabado el curso, ya no se podría aplicar la sentencia.

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