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La Audiencia de Huesca reconoce el derecho del menor transexual a cambiar su nombre

Heraldo de Aragón.- El Constitucional avaló el derecho de los menores, «con suficiente madurez» y en situación «estable de transexualidad», a cambiar de género en el registro civil sin esperar a cumplir los 18 años.

La Audiencia de Huesca ha reconocido el derecho de un menor transexual nacido en la localidad altoaragonesa de Benasque a modificar su actual situación legal y a inscribirse como hombre en el registro civil a pesar de haber nacido con órganos sexuales femeninos.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se produce después de un largo proceso en el que han intervenido el Tribunal Supremo y, finalmente el Constitucional, que avaló en pleno en julio de 2017, el derecho de los menores, «con suficiente madurez» y en situación «estable de transexualidad», a cambiar de género en el registro civil sin esperar a cumplir los 18 años.

La lucha de los padres del menor para conseguir cambiar la situación legal de su hijo comenzó en 2014, cuando el Juzgado de Instrucción de Boltaña, rechazó que un menor de 13 años pasara a llamarse Patrick, una decisión que fue confirmada un año después por la Audiencia de Huesca.

Ante la negativa del tribunal oscense, la madre del niño, Natalia Aventín, que preside ahora Chrysalis, una asociación nacional de familias de menores transexuales, inició una campaña que llegó en primer lugar al Supremo, que remitió a su vez al Constitucional la demanda al entender que entraban en juego derechos básicos.

En julio de 2019, el Constitucional declaró inconstitucional el artículo 1.1 de la ley reguladora de inscripciones en el registro civil al entender que su minoría de edad no le privaba de legitimación para solicitar la modificación de su situación legal.

Unos meses después, en septiembre de ese mismo año, el Supremo devolvió la causa a la Audiencia de Huesca para que dictara una nueva sentencia ajustada a los nuevos criterios establecidos por el Tribunal Constitucional.

En cumplimiento de este mandato, tanto el tribunal oscense como la fiscalía procedieron, el pasado mes de enero, a explorar al menor para conocer sus opiniones personales en relación a la demanda planteada.

En su informe, el ministerio público asegura que «tras realizar la exploración del menor de edad, al que no es posible privarle de la legitimación para solicitar la referida rectificación, al tener la suficiente madurez y una situación estable de transexualidad, todo indica de manera inequívoca que procede estimar su pretensión».

En su sentencia, la Audiencia de Huesca se apoya en la decisión del Constitucional para modificar su inicial posición y estimar la petición del menor de inscribirse con un nombre masculino en el registro civil.

En declaraciones a Efe, la madre del menor ha expresado su satisfacción tras una ‘batalla judicial’ que se inició hace seis años para conseguir que fuera reconocidos los derechos tanto de su hijo como de otros menores en situación similar.

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