La Justicia exime de culpa al director del instituto de Arancha, la chica que se suicidó por ‘bullying’
Fuente: EL Mundo
Fecha: 05/07/2017
Una chica de 16 años, Arancha, se suicidó en el barrio madrileño de Usera hace dos años tras sufrir bullying en su instituto, el Ciudad de Jaén. La Consejería de Educación culpó al director, de quien dijo que no había avisado del acoso escolar a la Inspección Educativa, y le sancionó por dos faltas disciplinarias graves. A Luis Carlos Pérez Aguado se le suspendió de sus funciones y se le condenó a un traslado forzoso. Él recurrió la resolución y ahora la Justicia le da la razón y le exime de culpa.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Madrid ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EL MUNDO, en la que declara nula la sanción impuesta a Pérez Aguado. «La actuación del centro escolar, según se desprende de todas las actuaciones, estuvo dirigida a comprobar y evitar el acoso, debiendo solventar determinadas dificultades que les presentaban las mismas partes implicadas», dice el fallo, que es susceptible de ser recurrido.
En conversación telefónica con este periódico, Luis Carlos Pérez Aguado expresa su «alivio» al conocer la sentencia y ha relatado que, además de suspenderle en funciones durante seis meses y cambiarle de instituto, se le retiró el cargo de director, un castigo que la resolución de la Consejería no contemplaba. «Se me usó de chivo expiatorio. La información se tergiversó y se obvió que se tomaron todas las medidas para proteger a la niña», relata. «No lo logramos, pero lo intentamos todo lo posible».
El tribunal aprecia que el director comunicó a la Inspección la situación de acoso a la que venía siendo sometida Arancha y actuó en consecuencia, en contra de lo defendido por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, que también estimaba que el docente había incumplido el procedimiento sancionador.
Nada de esto ve el juzgado, que valora que la conducta imputada al director no viene recogida en ninguna norma como actuación sancionable, ya que no queda probado que haya una falta «notoria o evidente, cara, manifiesta y patente».
Por otro lado, pone en cuestión la actuación de la Inspección: «También es representativo el comportamiento de la inspectora, que era a quien correspondía controlar la situación e intervenir en caso de pasividad por parte del centro, ya que estuvo informada del asunto», prosigue el tribunal, que estima el recurso, sostiene que la resolución de la Comunidad de Madrid «no es conforme a Derecho» y le condena a pagar las costas.
La Asociación de Directores de Instituto de Madrid (Adimad) celebra la sentencia e insiste en que el director «actuó con la dirigencia debida en la aplicación del protocolo, no causó indefensión alguna a los alumnos y actuó correctamente en todo momento con el fin de evitar el acoso.
La Consejería de Educación, por su parte, expresa que aún no tiene constancia de la sentencia y que la estudiará en cuanto le sea notificada. «Por supuesto, estaremos a lo que digan los tribunales«, expresa un portavoz.
Desde la Federación de Enseñanza de CCOO, cuyo gabinete jurídico ha llevado el caso, anuncian que van a pedir daños y perjuicios para el director, por la gestión llevada a cabo por la Consejería.