Las fisuras de la protección a los menores víctimas de violencia de género
Diario.es.- Para las expertas, la falta de credibilidad que sufren los menores y el “trasiego institucional” que deben atravesar son los principales problemas del sistema actual: “A veces tiene que haber una agresión o algo muy grave para que sean escuchados”
“Si yo no existiera, no estarían discutiendo”. Claudia (nombre ficticio) recuerda cómo su hijo pequeño se culpabilizaba con solo seis años de la violencia machista que sufría por parte de su pareja de entonces. Crecer en un contexto de malos tratos genera un impacto que condiciona el presente y el futuro. Las agresiones psicológicas y físicas que una mujer sufre por parte del maltratador pueden provocar dos situaciones entre los menores. Por un lado, que estos se conviertan, junto a sus madres, en el blanco del abuso para que el hombre “reafirme su poder y control sobre el hogar”. Por otro, que los niños y niñas sean testigos de la violencia, como cuando “escuchan gritos y ruidos desde otra habitación” o cuando escuchan comentarios sobre su situación a través de otros familiares, describe Paula Reyes Cano en su tesis Menores y violencia de género, nuevos paradigmas. Las consecuencias, en ambos casos, son igual de negativas.
Hasta 2018, los menores debían pedir permiso a su padre maltratador para recibir tratamiento psicológico aunque este estuviera condenado por malos tratos o hubiera una orden de protección vigente. Hace tres años, una modificación del Código Civil aprobada en el Consejo de Ministros acabó con este requisito. Sin embargo, este obstáculo sigue existiendo para aquellos niños y niñas que hayan crecido en un contexto de violencia de género que, por diferentes razones, no haya sido denunciado.
Esto se debe a que ambos progenitores tienen la patria potestad. La abogada especializada en igualdad y violencia de género María del Pino de la Nuez explica que, si hay una causa abierta de violencia de género, se puede solicitar la suspensión de la patria potestad, que abarca las decisiones que tienen que ver con el desarrollo integral del menor. En este contexto también puede pedirse la suspensión del régimen de visitas.
Identificar la violencia no denunciada
En cuanto a la custodia compartida, el Convenio de Estambul prohíbe su aplicación cuando hay una causa abierta por malos tratos. Si no hay un procedimiento en marcha, para solicitar la custodia exclusiva debe justificarse ante los Juzgados que el régimen que está llevándose no es el adecuado porque “vulnera los derechos o porque no se puede cumplir”, apunta De la Nuez. Para ella, la custodia compartida no puede ser el régimen preferente, sino aquel que se adecue a la situación de la familia. “Hay que velar por el interés de los menores, no del progenitor. Cuando los abogados de parte olvidan esta premisa, debe actuar el Ministerio Fiscal”, asevera la abogada.
“A veces hay que dejar de exponer a los menores a situaciones en las que ellos se encuentran violentados. Puede que en ocasiones no quieran ir a casa de los abuelos porque existe un machaque continuo hacia la figura materna y porque se utiliza a los menores como arma arrojadiza para ir en contra de la progenitora”, detalla la jurista.
“Hay muchísima violencia no denunciada”, recuerda De la Nuez. En estos casos, es fundamental que la familia establezca un contacto directo con el entorno cercano a los y las menores. “Cuando hay violencia, se evidencia en las relaciones de iguales”, explica la especialista. También en el contexto educativo, por lo que la comunicación con el profesorado se vuelve determinante. “Pueden ser más agresivos, sentir desgana, apatía… También puede que el rendimiento académico decaiga”.
La psicóloga y orientadora educativa Begoña Domínguez describe que los menores manifiestan comportamientos agresivos que reproducen de sus padres, impotencia y, en algunos casos, trastornos de la conducta alimentaria. “Muchas veces están desprotegidos psicológicamente”, defiende. Domínguez, que trabaja en un instituto, acompaña a un menor que en pocas semanas tiene un juicio porque el padre agredía a su madre. “Ya está desencadenando comportamientos agresivos porque no quiere ir a ese juicio y porque no tiene estrategias para afrontar todo lo vivido”.
Credibilidad de los menores
Para la abogada, la falta de credibilidad hacia los menores es lo que les vuelve más vulnerables. La nueva Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia trata de paliar esta exposición y revictimización provocada por el “trasiego institucional”. La norma pretende que sea obligatoria la prueba preconstituida para menores de 14 años y con discapacidad. Esta prueba consiste en grabar el testimonio una vez y utilizarlo en todo el proceso. Hasta el momento, los niños y niñas suelen ser obligados a repetir en varias ocasiones su declaración. El menor tendrá que repetir su narración de los hechos solo si en el juicio se exige por una de las partes de manera justificada.
“Si para los mayores de edad todo este itinerario es un calvario, para los menores más”, apunta María del Pino de la Nuez. “La Administración de Justicia no es cercana y hay que hacerla más amable”. Para la especialista, desde el momento en el que el menor está en comisaría debe ser atendido por un grupo especializado, sensible, formado y con perspectiva de género, aptitudes que deben repetirse en todos los estamentos. La psicóloga Begoña Domínguez destaca que “hay instituciones que escuchan al menor y lo creen”, pero en otros casos “tiene que haber agresión o algo grave para justificarlo”.
Canarias contará a partir de octubre con el primer Juzgado especializado en Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, situado en Las Palmas de Gran Canaria. El magistrado Tomás Martín liderará esta experiencia piloto que tendrá 24 meses de duración. “Es un ejemplo a seguir para el cambio de mentalidad que necesita la Justicia”.