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Las trabas a la reagrupación familiar de los refugiados

Fuente: El Mundo
Fecha: 19/06/2017

El Gobierno español pone muchas trabas a la agrupación familiar de refugiados. Así de tajante lo denuncia la ONG Oxfam Internacional en su informe ‘Querida familia. Cómo las políticas migratorias europeas están manteniendo separadas a las familias’, que recoge que España concedió 327 visados por razones familiares en 2015. En concreto, el estudio señala que la reagrupación familiar es una de las escasas vías seguras y legales para las personas refugiadas. Sin embargo, lamenta que los gobiernos europeos concedieron en 2015 un total de 78.772 visados por razones familiares (327, en el caso de España), lo que supone un 4% de las personas que llegaron a nuestro país como solicitantes de protección internacional. El resto (28.073 personas, lo que equivale al 86%), según apunta Oxfam, tuvo que poner en riesgo su vida para llegar a España. En total, recalcan que del casi millón de personas que cruzaron el Egeo en 2015 -último año del que se dispone de datos-, muchas hicieron el viaje para reunirse con sus familiares. Según Oxfam, las encuestas sobre las llegadas a Grecia a principios de 2016 indican que casi el 44% las personas encuestadas procedentes de Siria y el 20% de las procedentes de Afganistán intentaban reunirse con la familia en un país europeo. «La frustración de no poder reunirse con sus familias ha provocado que miles de personas emprendan peligrosos viajes que las exponen a abusos y explotación por parte de contrabandistas y traficantes», afirma a Europa Press José María Vera, director general de Oxfam Intermón, al tiempo que añade que «la migración forzosa aleja a los niños y niñas de sus madres, padres y abuelos, separa a hermanos, obliga a las parejas a vivir separadas y destruye las redes familiares extensas».

Mecanismos para que una familia separada pueda unirse
La extensión familiar: una vez que la persona residente en España tenga protección internacional, ya sea como refugiado o protección subsidiaria, podrá iniciar los trámites para traer a sus familiares pero deberán de cumplir con los criterios del artículo 40 de la Ley de Asilo, entre ellos el de que «los ascendientes en primer grado que acreditasen dependencia y sus descendientes en primer grado menores de edad, exceptuando el derecho a la extensión familiar en los supuestos de distinta nacionalidad»

La reagrupación familiar: esta figura permite que aquellos que tengan la protección internacional concedida en España puedan agrupar a su familia cuando ésta sea de distinta nacionalidad. De ser el caso, se podrán beneficiar de permiso de residencia y de trabajo con la misma validez a la de la persona reagrupante.
A través de la directiva de Dublín III: permite a un solicitante de asilo en un país de la UE pedir a otro Estado miembro que se haga cargo de la solicitud de asilo para; poder unirse con sus familiares que han solicitado asilo en un tercer país; reagruparse con otros miembros de su familia en base a la dependencia, enfermedad…; reagruparse con otros miembros de la familia basándose en fundamentos culturales o humanitarios (art.17) o a discreción del estado miembro que recibe la solicitud.

El informe de Oxfam Intermón enumera algunas de las trabas que encuentran las familias para reunirse en nuestro país: obstáculos administrativos, falta de información, una definición de familiar muy limitada y políticas «discriminatorias» del acuerdo UE-Turquía. «En el caso español, no hay una afirmación, hay una dejación, un bloqueo indirecto, un cierre y una falta de proactividad de cambio de marcha, de acercar oficinas de asilo, de dotar mejor el sistema español de plazas y de acudir a las instituciones y organismos que han demostrado esa voluntad de acogida», ha añadido Vera en declaraciones recogidas por Efe.»España ha hecho del bloqueo a los refugiados y de la inhumanidad hacia ellos una seña de identidad de su política interior y exterior, una lamentable marca España», añade el director de la ONG.Cónyuges de la misma nacionalidad e hijos menoresEn concreto, la ONG explica que en España la agrupación familiar es «muy complicada», en primer lugar, porque según la Ley de Asilo, sólo se pueden beneficiar de la extensión familiar los cónyuges siempre que tengan la misma nacionalidad y los hijos menores. No considera parte de la familia a abuelos o hermanos mayores. Sólo como excepción se aceptan algunos casos siempre que puedan demostrar dependencia y que se demuestre convivencia previa.Además, señala que el reglamento de la Ley de Asilo, que permitiría resolver «importantes lagunas» para hacer efectiva la agrupación familiar, está pendiente desde hace siete años cuando se aprobó la ley. Por otro lado, Oxfam pone de manifiesto que embajadas y consulados no están obligadas a atender las solicitudes de asilo, y aunque puntualiza que las primeras sí están obligadas a tramitar los visados de los familiares que están en otro país y que están pendientes de reunirse, señala que la rapidez del trámite depende de los embajadores. En cuanto al tiempo, el informe critica que los procedimientos de reagrupación, desde que se inicia el trámite y hasta que se produce la unión, superan el año de espera. Y recuerda que se alarga el proceso, hay familias esperando, «en muchos casos en contextos de alto nivel de estrés y vulnerabilidad». También lamenta que no exista un procedimiento urgente para situaciones extremas.
Problemas de no tener reglamento de la Ley de Asilo

El reglamento que debería acompañar la Ley de Asilo, para el que se dio un plazo de seis meses, lleva siete años sin desarrollarse. Esto conlleva más complicaciones de la cuenta.

El rol que deben jugar las representaciones de España en el extranjero. Sin el reglamento, las embajadas no están obligadas a atender las solicitudes de asilo, algo que sí ocurría con la anterior legislación, de 1994. Esta figura es clave para poder hacer efectivas las extensiones familiares ya que son las Embajadas y Consulados quienes tienen la responsabilidad de tramitar los visados a los parientes que se reagrupen. Ahora queda a la voluntad de los embajadores agilizar o no el proceso
Régimen de extranjería: El hecho de que no haya reglamento provoca problemas en la aplicación práctica de la reunificación familiar. En caso de iniciar este trámite, se tiene que hacer dentro del régimen de extranjería como marco supletorio. Esto supone un gravamen para la familia, ya que los requisitos son más estrictos, a pesar de que la Ley de Asilo establece que los refugiados deben tener condiciones más favorables.

Ampliar la definición de unidad familiarAnte esta situación, Oxfam propone al Gobierno español que amplíe la definición de unidad familiar para que incluya a otros miembros más allá de los cónyuges y los menores, incluidos los hijos mayores de edad, ya que «dicha definición no es una imposición de la normativa de la UE, por lo que España tiene potestad para cambiarlo». Así mismo solicita que suspenda las restricciones de convivencia previa y entienda la dependencia desde una visión amplia y no exclusivamente económica; y que elimine la obligación de ser de la misma nacionalidad. De forma paralela, reclama el desarrollo del Reglamento de la Ley de Asilo para clarificar las cuestiones relacionadas con la agrupación familiar y, en caso de que se posponga, sugiere que el Ministerio de Exteriores elabore un protocolo claro sobre el procedimiento a llevar a cabo por embajadas y consulados evitando así las trabas.

También pide que se cree un procedimiento de urgencia para los casos en que corra peligro la vida de las personas. Sobre la dilación en el tiempo de los procesos, Oxfam pide flexibilizar los criterios por los que una familia puede beneficiarse de estos mecanismos respondiendo a la realidad de las familias que se están creando a lo largo del tránsito. Posible demanda al Gobierno Oxfam se está planteando presentar acciones legales contra el Gobierno español si dentro de 100 días no ha acogido a los más de 17.000 refugiados comprometidos con la UE, de los que han llegado sólo un 7% (1.304 personas).Por eso, José María Vera, ha anunciado que su organización «estudia por vía legal» cómo se pueden exigir responsabilidades al Gobierno español por incumplir, como parece que va a ocurrir, un acuerdo ante la Comisión Europea. «Estamos planteando acciones legales si llega como parece previsible el día 26 de septiembre y no se ha cumplido con el compromiso de los 17.000; estamos viendo, solos o con otros, qué marco jurídico y qué acciones legales» tomaríamos por ese incumplimiento ante la Comisión Europea.Vera ha asegurado, en declaraciones recogidas por Efe, que sería la primera vez que se demanda al Gobierno, «pero siempre tiene que haber una primera vez», ha remarcado.En este sentido, ha explicado otros acuerdos europeos «cuentan con un sistema de sanción en caso de incumplimiento» y ha opinado que este acuerdo de reparto de refugiados «no debe ser ajeno y debe haber sanciones en caso de incumplimiento». «Estamos hablando de unas cantidades irrisorias, en el caso de España son 17.000, cuando países como Líbano ha acogido más de un millón de refugiados o Jordania 670.000», ha asegurado Vera.

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