Menores trans de menos de 12 años: ¿qué supone que no haya un mecanismo para cambiar su sexo legal con la nueva ley?
Newtral.- Lois, Andrea, Daniela, Álvaro y Alejandro han conseguido en el último año cambiar su sexo legal, es decir, el marcador que aparece en documentos como el DNI o el pasaporte. Son menores trans de menos de 12 años que, sin tener que aportar informes patologizantes, han podido modificar la mención registral del sexo antes de que se aprobase la ley trans y LGTBI.
La ley trans y LGTBI recién aprobada establece mecanismos para el reconocimiento legal del género de los menores trans pero a partir de los 12. A partir de esa edad y hasta los 14, el procedimiento es el de jurisdicción voluntaria, por el cual comparecen ante un juez o jueza, que puede requerir cualquier prueba documental o testifical. A partir de los 14, el procedimiento está articulado en base a la autodeterminación de género: solo es necesaria la voluntad expresa. Aunque de los 14 a los 16 será necesario que vayan acompañados de sus progenitores o tutores legales.
Desde 2019 era posible que un menor trans adecuara su documentación a su género, pero dependía de cada registro y de cada titular al frente del mismo. Por tanto, la ley trans y LGTBI unifica los criterios por los que los menores trans pueden solicitar un cambio del sexo legal. Sin embargo, establece un mecanismo a partir de los 12 años, a pesar de que ya hay niños y niñas de menos de 12 años que a lo largo de 2022 han logrado que se modifique su sexo legal.
¿Cómo estaba regulado cambiar el sexo legal en menores trans?
La ley de 2007 no permitía la modificación de la mención registral del sexo a menores de edad, sino a partir de los 18 años. A raíz del caso de un menor trans, Patrick, el Tribunal Constitucional se pronunció en 2019, declarando parcialmente inconstitucional la norma. En concreto, consideró inconstitucional que no se permitiera cambiar el sexo legal a los menores de edad.
“El Constitucional no establecía ningún mecanismo para esos menores porque no es su papel, por lo que en la práctica había que regirse por lo que establecía la ley de 2007: diagnóstico de disforia de género y dos años de hormonación”, explica a Newtral.es Natalia Aventín, madre de Patrick y presidenta de la asociación Euforia, en defensa de las infancias trans.
Es decir, cuando el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el requisito de mayoría de edad para poder cambiar el sexo legal, se abrió la vía para que los menores trans pudiesen acceder a este derecho pero no se establecía ningún mecanismo específico para ellos.
Sin embargo, la norma de 2007 dejaba cierto margen para poder modificar la mención registral del sexo sin necesidad de un informe médico ni de hormonación obligatoria: “Cuando concurran razones de salud o edad que imposibiliten su seguimiento y se aporte certificación médica de tal circunstancia”. Por ello, Aventín señala que “los jueces y juezas de cada registro han podido emitir autos favorables al cambio de la mención registral del sexo en menores trans sin pedir requisitos patologizantes, ya que tenían cierto margen de discrecionalidad”.
Es por ello que a lo largo de 2022, varios menores trans lograron ser reconocidos y reconocidas por la administración pública sin tener que aportar informes médicos ni otras pruebas de su identidad de género, como en el caso de Alejandro y también en el de Andrea. Todos ellos tenían menos de 12 años.
14 solicitudes de menores de menos de 12 años sin resolverse
El abogado Saúl Castro, especializado en derechos LGTBI, explica a Newtral.es que “precisamente, la sentencia del Constitucional no imponía qué criterio se debía seguir para que un menor pudiese modificar su mención registral del sexo, y eso es lo que ha venido generando inseguridad jurídica”: “Había arbitrariedades que a veces jugaban como ventaja, consiguiendo autos favorables sin exigir requisitos patologizantes a los menores”, añade.
La ley trans y LGTBI aprobada sí establece un mecanismo para que los menores trans puedan cambiar su sexo legal basado en la autodeterminación de género, excepto en el caso del tramo de 12 a 14, que se rige por la jurisdicción voluntaria. Antes de los 12 años, los menores quedan excluidos de esta posibilidad.
Como apunta Castro, “va a haber un problema con algunos menores que ya han iniciado la solicitud para modificar la mención registral del sexo pero esta no ha sido resuelta”. En primer lugar, porque en el caso de menores de 12 a 14 años, “estos habrían iniciado la solicitud conforme al modelo de 2007, pero ahora se activaría el procedimiento de jurisdicción voluntaria para ellos”. “La cuestión es que el registro en el que han realizado la solicitud no tiene por qué estar asociado al juzgado de primera instancia que tiene las competencias para ese procedimiento de jurisdicción voluntaria. Puede haber algo de lío ahí”, añade.
Por otro lado, los menores trans de menos de 12 años que hayan presentado la solicitud para cambiar el sexo legal se van a quedar en un limbo: “Los jueces no van a tener un procedimiento legalmente establecido para resolver esas solicitudes porque a esos menores se les excluye de esa posibilidad. Lo que harán los juzgados será archivar la solicitud y, por tanto, denegarla”.
Según Natalia Aventín, de Euforia, en la asociación contabilizan 14 solicitudes sin resolver de menores trans de menos de 12 años que han solicitado modificar la mención registral del sexo. Son 14 menores que, con la ley trans y LGTBI aprobada, se quedarían sin reconocimiento legal de su género.
“Tendrá que llegar de nuevo al Tribunal Constitucional”
Natalia Aventín señala que “aunque la nueva ley trans y LGTBI derogue la ley de 2007, la argumentación jurídica que hizo el Tribunal Constitucional en 2019 sigue siendo válida, y en base a esa argumentación iniciaremos procesos de rectificación registral para menores de menos de 12 años, como veníamos haciendo hasta ahora”.
La presidente de Euforia y madre de un niño trans, Patrick, incide en que “no es inocuo no reconocer la identidad de alguien, es dañino y tiene consecuencias para su bienestar y para su salud mental, pero parece que la gente no lo entiende”. Por eso, Aventín señala que desde Euforia “van a seguir batallando por el reconocimiento legal de todos los menores trans”. “Antes dependía de cada registro y la sensación era muy dolorosa porque había menores que tenían la sensación de que el Estado no les iba a reconocer nunca, al menos hasta llegar a los 18. Y eso, como decía, no es inocuo. Ahora al menos saben que cuando cumplan 12 podrán iniciar el procedimiento y sabrán a qué atenerse. Pero hay que pelear por los de menos de 12 años y llegaremos a donde haga falta”, añade la presidenta de Euforia.
El abogado y jurista Saúl Casto apunta que “la sentencia de 2019 del Tribunal Constitucional no imponía una edad a partir de la cual se cumplen los criterios de madurez que consideraba necesarios” para poder cambiar el sexo legal. “El Constitucional entendía que había que valorar caso por caso. Por tanto, veo difícil justificar que los 12 años sean una materialización legal de esos requisitos que imponía la sentencia de 2019. No permitir que los menores trans de menos de 12 años puedan acceder a este reconocimiento no parece seguir el espíritu del pronunciamiento del Tribunal Constitucional”, añade.
Sin embargo, atendiendo a la ley trans y LGTBI, “en teoría ningún registro va a reconocer este derecho”. “Creo que tendrá que llegar de nuevo al Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre si no contemplar mecanismo alguno para menores de menos de 12 años es inconstitucional”, concluye Castro.
Blanca Rodríguez, profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, comparte esta visión al señalar que “en puridad, los registros no van a poder permitir cambiar el sexo legal si no es a partir de los 12 años. “El juzgado de primera instancia, llegado el caso, podría elevar la causa al Tribunal Constitucional y, si no, la parte interesada tendrá que presentar un recurso de amparo”, añade Rodríguez en conversación con Newtral.es.