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Profesores y alumnos de Madrid serán sancionados si no denuncian situaciones de acoso escolar

Público.- Alumnos, profesores, limpiadores y conserjes. Cualquier persona que trabaje o asista a diario a un centro educativo de la Comunidad de Madrid estará obligado a «poner en conocimiento del equipo directivo» situaciones que «presenten indicios de violencia infantil, juvenil o de género contra niños y niñas o mujeres». Además, los colegios e institutos de la región deben «informar a la Fiscalía o al organismo correspondiente en función de la gravedad de los hechos» si los profesores no cumplen con esta directriz, que se extiende a personal de administración, trabajadores de comedor y otras áreas  de los centros educativos para aplicar la normativa estatal vigente y las leyes de protección del menor.

Así consta en el borrador del nuevo decreto para regular la convivencia en colegios públicos y concertados e institutos de la Comunidad de Madrid, cuya aprobación se espera antes de este marzo, según informa El Mundo.

Este diario señala las principales novedades de este decreto, entre las que destacan que será considerará una falta grave para cualquier alumno el no informar de episodios de «acoso o que puedan poner en riesgo la integridad física o moral de otros miembros de la comunidad educativa», siempre que al denunciarlo no incurra en un riesgo propio o de terceros. No informar de estas situaciones puede conllevar castigos sin recreo e, incluso, expulsiones de clase de hasta cinco días lectivos.

Al mimo tiempo, se considerará una infracción la difusión de «imágenes o informaciones de ámbito escolar o personal» de estudiantes o profesores»,a través de cualquier medio. Por otra parte, la intimidación entre alumnos o hacia profesores pasará a estar considerada tan grave como la violencia, las ofensas graves y las actuaciones que atenten contra el derecho a la intimidad, al honor o a la propia imagen o la salud «contra los compañeros, compañeras o demás miembros de la comunidad educativa»

Se considerará un agravante «la publicidad o jactancia relativas a conductas perturbadoras de la convivencia» mediante cualquier medio pero con especial énfasis en los electrónicos, en clara alusión a la nueva modalidad de acoso entre menores a través de las redes sociales.

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