Relato de una odisea migrante: 1.500 euros por 30 horas en alta mar en una lancha de cinco por dos
Público.- La Audiencia de Almería condena a cuatro años de cárcel a tres argelinos por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros
En diciembre de 2019, en la cafetería Dubai, de Ain Témouchent (Argelia), localidad ubicada en un fértil valle al suroeste de Orán, Kaddour B., de 37 años, se encargaba «de la captación de inmigrantes». «A cambio de dinero», «con la intención de enriquecerse ilícitamente», organizaba, «junto con Kwider B. [de 21 años] y Said M. [de 36], todo lo necesario para efectuar el viaje desde las costas de Argelia hasta España en una embarcación tipo patera».
Así se recoge en la secuencia de hechos probados de una sentencia de la Audiencia de Almería que condenó el pasado 5 de junio a Kaddour B., Kwider B. y Said M. a cuatro años de cárcel por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. La descripción que se hace en el fallo judicial es, en realidad, un relato preciso de la mecánica que siguen numerosos migrantes a la hora de afrontar la odisea de cruzar el Mediterráneo de Argelia a España, de África a Europa.
21.958 personas en 921 embarcaciones –una media de 23 personas por lancha– llegaron a la península y Baleares por vía marítima a lo largo de todo el año pasado, según los datos del Ministerio del Interior, un 54,5% menos que el año anterior.
«La gran mayoría de los inmigrantes irregulares que llegaron a España partieron de Marruecos, aunque recientemente ha habido un pequeño aumento de Argelia», según recoge un informe de la Comisión Europea, que analiza el progreso de la gestión de las migraciones en el seno de la Unión Europea en el último lustro.
Fue Kaddour B. quien cobró «personalmente el importe del viaje», entre 12 y 15 millones de dinares –unos 1.200 y 1.500 euros–, según la sentencia, a cada uno de los diez migrantes que «embarcaron entre las 23:00 del 29 de diciembre de 2019 y las 00:00 horas del 30 de diciembre desde la playa de Sidi Daoud» en una embarcación neumática de 5 metros de eslora por 2 de manga», que estaba propulsada «por un motor fueraborda Yamaha Enduro de 30 caballos».
La patera iba, por tanto, abarrotada. Kaddour B. «ordenó cómo tenían que sentarse para guardar el equilibrio en la embarcación»; «dio instrucciones de cómo tenían que comportarse cuando llegaran a España para pasar desapercibidos; y aleccionó sobre «lo que debían de contestar en caso de ser interceptados por la policía». Mientras, Kwider B. «patroneó la embarcación usando una brújula que portaba y manejaba Said M.«.
30 horas en alta mar
Después de una travesía de 30 horas en el mar, sobre las 1:33 horas del 1 de enero de 2020, fue interceptada por el servicio marítimo de la Guardia Civil en Almería, al sur de Vela Blanca, en el Cabo de Gata. «La travesía puso en peligro la vida y la integridad de todos los que viajaron a bordo», dice la sentencia.
La embarcación, que quedó a la deriva una vez fueron rescatados los ocupantes «dado su regular estado de conservación», no reunía «las condiciones requeridas para la realización de este tipo de viajes, ni por las características técnicas, ni por el número de ocupantes» y no estaba capacitada «para trayectos de 120 millas náuticas, 193 kilómetros». Tampoco contaba «con los mínimos elementos de seguridad»: «No había chalecos salvavidas, ni bengalas, ni balizas de señalamiento, ni botiquín».
El Código Penal establece penas de prisión de cuatro a ocho años a quien «intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado de la Unión Europea a entrar en territorio español», salvo que sea por razones humanitarias, y, por el camino ponga en «en peligro» su vida.
La sentencia recuerda diversas regulaciones comunitarias y reflexiona que «esta regulación tiene su base, por un lado, en el incremento de la inmigración producida en las últimas décadas que ha llevado, por un lado, a adoptar medidas en la legislación administrativa para regular los derechos y deberes de los extranjeros en nuestro país, y por otro, modificaciones normativas para proteger a los extranjeros de determinados comportamientos calificables de un auténtico tráfico de personas y de una cuasi exclavitud del siglo XXI».