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Sancionado un profesor por vulnerar en clase la ley contra la LGTBIfobia: “¿Quién es del club del pepino?”

elDiario.es.– La Comunidad de Madrid ha incoado un procedimiento sancionador a un profesor de instituto por vulnerar la ley autonómica contra la LGTBIfobia. Los hechos denunciados exponen que el docente se refirió a una compañera del centro educativo “en los siguientes términos: ‘me cae mal’, ‘es una puta enana’, ‘la iba a mandar a comprar bollos’ (en referencia al término ‘bollera’), ‘que hacía la tijereta’ (realizando el gesto alusivo a dicha posición sexual), ‘la lesbiana”, según recoge el expediente punitivo al que ha accedido elDiario.es a través del portal de transparencia autonómico. Estos comentarios se produjeron “en el aula, delante de sus alumnos”.

La denuncia también recoge que el profesor sancionado se ha referido “a otros alumnos con expresiones vejatorias”. Y continúa el expediente sancionador: “Así, en relación con una pintada en la mesa de un alumno que decía ‘Ángel es gay’, este profesor, al referirse a dicho alumno realizó el siguiente comentario: ‘¿Quién es del club del pepino?”. Los hechos, según consta en el documento consultado por esta redacción, podían “ser corroborados por diversos testigos”.

Tras instruir el expediente, la Consejería de Familia, Juventud y Política Social ha impuesto una sanción económica de 3.001 euros al docente al considerar que ha cometido una infracción grave consistente en la realización de “actos que impliquen aislamiento, rechazo o menosprecio público y notorio de personas por causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género”.

El expediente no ha sido recurrido, aunque por ahora se mantiene abierto el plazo para hacerlo por la vía contencioso-administrativa, según fuentes del departamento autonómico de Política Social.

Los hechos sucedieron en marzo de 2021 en el municipio de Parla (Madrid), pero no fue hasta el 3 de agosto cuando se comunicó a la Consejería, según la documentación revisada. Fuentes del Ayuntamiento de Parla aseguran que “el caso fue denunciado desde el instituto” a la Concejalía de Igualdad “cuando un alumno refirió tratos vejatorios de un profesor”.

El caso fue denunciado desde el instituto

El departamento municipal “trasladó los hechos a la policía local” e “intervino el Servicio de Apoyo a las Familias (SAF) que hizo las correspondientes entrevistas”. Después de que el estudiante se ratificase en la denuncia, desde el Consistorio continuaron con la “denuncia por infracción” de la ley contra la LGTBIfobia.

En octubre la Consejería “procedió a incoar” el procedimiento sancionador, después de examinar los hechos. Tras esta actuación, desde la Comunidad de Madrid intentaron notificar al docente estos trámites, sin éxito. No ha sido hasta el mes de marzo cuando le han podido comunicar la denuncia al docente a través de “medios electrónicos”. Como no ha realizado alegaciones, el acuerdo de iniciación del procedimiento se considera propuesta de resolución, indica la consejera en la orden que determina la incoación del expediente punitivo.

Desde la Consejería de Educación no aclaran si han tenido conocimiento del expediente instruido por Política Social ni en qué situación laboral se encuentra actualmente el docente sancionado, a pesar de las consultas realizadas por esta redacción al departamento educativo.

Una ley aprobada por unanimidad hace seis años

La ley 3/2016 de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual fue aprobada hace seis años en la Asamblea de Madrid por unanimidad. La norma salió adelante durante la etapa de Cristina Cifuentes (PP) al frente del Gobierno autonómico.

Desde que está vigente, la sanción más elevada que se ha conocido ascendió hasta 20.001 euros y se impuso a E. L., una ‘coach’ que fue denunciada por ofrecer a través de Internet terapias para la curación de la homosexualidad. Este procedimiento fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Los magistrados consideraron que la administración incurrió “en fraude de ley” en el trámite de información previa del proceso sancionador, que se demoró en exceso (31 meses), lo que “conlleva un ejercicio irregular de las potestades administrativas” y causó “una efectiva indefensión para la recurrente”.

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